Submenu
ESP ENG

Síguenos en

Facebook Twitter RSS
Suscribirse al Newsletter

Acepto política de privacidad.

Retrasan las retenciones en cuentas bancarias de Ingresos Brutos

Retrasan las retenciones en cuentas bancarias de Ingresos Brutos

La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)  extiende por seis meses el beneficio en el cual están excluidos del padrón de retenciones de Sircreb,  los ingresos declarados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por parte de aquellos contribuyentes que no superaron los 15 millones de pesos de facturación durante 2018.

En una publicación  de Iprofesional destacan que en el Blog Contadores en Red advierten que quienes ingresen en el padrón de Riego Fiscal dejarán de estar excluidos del Sircreb.

La incorporación al padrón de riesgo fiscal se notifica por domicilio fiscal electrónico La AGIP remplazó el régimen de riesgo fiscal por una matriz de perfiles de riesgo fiscal, mediante esta se le pondrá nota a los contribuyentes del impuesto sobre los ingresos brutos en cinco niveles. El nivel 0 será muy bajo y el 4 se definirá como muy alto.

La clasificación de los contribuyentes se establecerá a través de parámetros preestablecidos, evaluando un plazo de 24 meses o desde la fecha de inicio, en caso de que este fuese menor, los que se computarán hasta los vencimientos operados en los dos meses inmediatos anteriores a la calificación.


Se establecerán las siguientes alícuotas agravadas en los regímenes de retención, percepción y/o recaudación del impuesto:



– A los sujetos encuadrados dentro del nivel 2 "medio" se les aplicará una alí­cuota agravada de retención del 4% y de percepción del 5%.

– A los sujetos encuadrados dentro de los niveles 3 "alto" y 4 "muy alto" se les aplicará una alí­cuota agravada de retención del 4,5% y de percepción del 6%.

– A los contribuyentes y/o responsables encuadrados dentro del nivel 3 "alto" se les aplicará una alí­cuota agravada del 4% en el SIRCREB. Asimismo, quienes sean calificados en el nivel 4 serán incorporados al sistema con la alí­cuota más alta vigente.

 

Fuente: Iprofesional

En Estudio Cano les brindamos asesoramiento de calidad y absoluta confidencialidad en sus declaraciones juradas. ¡Consúltenos, nuestra trayectoria avala nuestro compromiso con cada cliente!